:: TRIBUNA.
  
  Plan de acción Santiago Andino.

En vista de la polémica que se ha generado a raíz del llamado Plan Santiago Andino, cuyo origen parece ser principalmente la desinformación existente, Dedal de Oro abre un espacio de su revista como tribuna abierta, con el fin de que quienes lo estimen útil expresen sus opiniones. Más que nada, deseamos que esta iniciativa contribuya a un intercambio informativo y constructivo, cuya objetivo debe ser de bien común para toda la comunidad del Cajón del Maipo. Comenzamos con información entregada por la Secretaría Santiago Andino.

 

El Cajón del Maipo es una zona importante para Chile por sus valores ambientales, su biodiversidad y los servicios ecológicos y de recreación que presta a la ciudad de Santiago, la más grande del país. Por ello, los científicos, las organizaciones ciudadanas y el gobierno eligieron este territorio para establecer el Área Santiago Andino.

Conservar los ecosistemas es una de las prioridades de la Estrategia Nacional de la Biodiversidad, la cual permite que Chile cumpla con la Convención de Biodiversidad, compromiso internacional firmado en la Cumbre de Río en el año 1992. El Plan Santiago Andino fue aprobado el año 2005 y a la fecha 13 predios públicos y privados se han sumado a la iniciativa, aportando 244.000 hectáreas a este compromiso internacional de Chile.

En la Región Metropolitana existen seis áreas naturales que son importantes de proteger, según la Estrategia Regional, las cuales se convierten en los Sitios Prioritarios: 1. Cordón de Cantillana, 2. El Roble, 3. Altos del Río Maipo, 4. San José de Maipo–San Gabriel–El Volcán–El Morado, 5. Río Olivares–Río Colorado–Tupungato y 6. Humedal de Batuco. De las anteriores, los sitios 3, 4 y 5 se encuentran en el Cajón del Maipo (ver mapa).

¿Cuál es la importancia de Santiago Andino? En el Cajón del
Maipo existen importantes y hermosas especies vegetales como la Llareta, Olivillo, Quillay, Litre, Lun, Colliguay, Maitén, Peumo y Ciprés de la Cordillera que están en situación vulnerable de conservación. También existen importantes especies de fauna como el Puma, Guanaco, Vizcacha, Zorro, Cóndor y Águila, las cuales están protegidas por un área prohibida de caza desde el año 2003 (D. S. Nº 693, Ministerio de Agricultura). Gran parte de los habitantes del Cajón del Maipo conocen, valoran su patrimonio natural y lo cuidan. Las especies de flora y fauna y los paisajes del Cajón del Maipo son sus principales atractivos y son la base de su desarrollo económico y turístico.

Los objetivos del Plan son conservar, restaurar y proteger las riquezas ambientales, culturales y paisajísticas del Cajón del Maipo; otorgar valor a sus atributos naturales para potenciar las actividades turísticas y de recreación, la educación ambiental de la ciudadanía, el uso sustentable de los recursos naturales y el desarrollo de servicios y producción limpia en el territorio. El logro de este objetivo requiere la conciencia y participación de la comunidad local, sus organizaciones sociales, empresariales y autoridades en las acciones para proteger y potenciar los valores del Cajón del Maipo y convertirlo en el principal destino turístico y ambiental de la Región Metropolitana.

Las actividades principales del Plan para el periodo 2006-2010, aprobado por COREMA Región Metropolitana el 1 de diciembre de 2005 (Resolución Exenta Nº 585/2005), contemplan: identificación y difusión de los principales valores ambientales del Cajón del Maipo; buscar nuevas oportunidades para potenciar las actividades propias del Cajón del Maipo, tales como la artesanía, la ganadería, los productos alimenticios locales y las actividades de los arrieros; identificación de nuevos atributos turísticos y elaboración de Planes de Manejo Turístico; ordenamiento predial y diseño de Planes de Manejo agroganaderos; elaboración de manuales y capacitación a empresarios turísticos, ganaderos y organizaciones locales sobre buenas practicas productivas; elaboración de material educativo y de difusión para la comunidad, las escuelas y los usuarios del Cajón del Maipo. El detalle de todas estas actividades se construirá a través de talleres con la comunidad y las instituciones involucradas.

Para obtener más información sobre el Plan Santiago Andino y la Estrategia Nacional y Regional para la Conservación de la Biodiversidad se recomienda visitar los sitios www.santiagoandino.cl y www.conama.cl. Para participar se puede contactar al Servicio Agrícola y Ganadero Región Metropolitana, quien preside y coordina el Plan Santiago Andino: santiagoandino@sag.gob.cl; o a la Secretaría Técnica: informaciones@santiagoandino.cl .

El Plan Santiago Andino es un programa público-privado para proteger el medioambiente, los recursos naturales y los valores paisajísticos del Cajón del Maipo. Patrocinan y participan las siguientes instituciones públicas y ciudadanas: Intendencia Metropolitana de Santiago - Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana de Santiago – CONAMA – CONAF – SERNATUR – ChileDeportes - Ministerio de Bienes Nacionales - Ministerio de Agricultura – CORFO - Ejército de Chile - Corporación Ecomaipo - Programa Chile Sustentable.

Primer compromiso público-privado para el desarrollo del Plan Santiago Andino.

Corresponde al Área de Interés Científico (D.S. Nº 78/2006, Ministerio de Minería), que se comenzó a gestar en la consulta realizada en la Estación de San José en Agosto del año 2004, cuando se iniciaron conversaciones para sumar predios incluidos en los Sitios Prioritarios de la Estrategia Regional de Conservación de Biodiversidad. Luego de realizados los compromisos con 8 predios públicos y 5 predios privados, el ex intendente Marcelo Trivelli y el ex Ministro de Agricultura, Jaime Campos, junto a los propietarios, solicitan el Área de Interés Científico el 18 de Enero del año 2005.

El Área de Interés Científico es aprobada por el Ministerio de Minería y firmado por el Ministro Alfonso Dulanto y el Presidente Ricardo Lagos, en Octubre del año 2005, publicándose en el Diario Oficial en Febrero del año 2006.

Este Decreto indica que para efectuar cualquier labor minera en el área declarada como de interés científico para efectos mineros, los titulares de las concesiones mineras ubicadas en dicha área deberán contar con el respectivo permiso a que se refiere el artículo 17 Nº 6 del Código de Minería (Artículo Tercero, D. S. Nº 78/2006). El permiso al cual se hace referencia debe ser otorgado por el Presidente de la República.